CONOCIENDO LA DEMOCARACIA DE MI PAÍS

LA PRIMERA CARTA MAGNA DEL ECUADOR

En el siguiente trabajo vamos a conocer todo lo relacionado a la carta magna, su relación con la ciudadanía, su asociación religiosa, filosófica y el rol de la mujer como individuo político.

Para comenzar vamos a conocer el significado de “Carta magna”, una Carta Magna o Constitución es un texto normativo en el que se presentan las destrezas generales para establecer la vida en sociedad y el funcionamiento del estado. Así, se trata de un marco jurídico general que debe orientar al conjunto de leyes de una nación.

La Constitución de Ecuador de 1830 es el punto de inicio del origen de la República del Ecuador, que antes había sido conocido como Reino de Quito, Real Audiencia de Quito y Distrito del Sur de Colombia, fue la primera constitución política en estar en vigencia desde la creación del Estado del Ecuador como país autónomo.

Todo comenzó un 13 de mayo de 1830 la primera carta magna promulgada en Riobamba para reafirmar un estado democrático y alternativo sin embargo únicamente podían votar los varones alfabetos casados  de cualquier edad o solteros mayores de 22 años que posean más de 300 pesos o una profesión no servil los indios no tenían voz ni voto permanecían bajo la tutela de los párrocos por lo que no tenían participación alguna en votaciones y los negros eran esclavos en haciendas y minas de los mismos notables que hicieron la constitución.

La primera carta magna estableció quienes ejercen las funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial. También, explica como son elegidos los representantes de estas funciones. Asimismo indica el proceso o trámite que sigue un proyecto hasta convertirse en ley. Según la primera Constitución las funciones del nuevo Estado ecuatoriano son: la Legislativa, la Ejecutiva, la Judicial y la Electoral.         

La Función Legislativa está representada por el Congreso, el cual se encarga de crear y expedir las leyes que rigen a la población. El Congreso está integrado por dos cámaras: la de senadores y la de diputados. La cámara de senadores está compuesta por dos representantes de cada provincia de la sierra y del litoral y uno por cada provincia de la región oriental. Los senadores duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidos. Para hacer de senador se requiere ser ecuatoriano de nacimiento, estar en ejercicio de los derechos de ciudadanía y tener por lo menos 35 años de edad. El Congreso se encargaba en establecer derechos e impuestos; crear tribunales y empleos, podían conceder premios y recompensas personales por grandes servicios a la patria, promover la educación pública; formar el Código de leyes civiles y más atribuciones.

La Función Ejecutiva, ejercida por el Presidente de le República, se encarga de ejecutar y aplicar las leyes, para lo cual primeramente los publica en el Registro Oficial. Para ser elegido Presidente de la República se requiere ser ecuatoriano por nacimiento, hallarse en ejercicio de los derechos de ciudadanía y haber cumplido 35 años de edad. El presidente de la república dura 4 años en el cargo, y no puede volver a ser presidente ni puede ser vicepresidente, sino después de 4 años contados desde la terminación del periodo presidencial para el cual fue elegido. El Presidente de la República es elegido por votación directa y secreta el primer domingo del mes de junio de cada 4 años. El periodo presidencial comienza el primero de septiembre siguiente. Es prohibido para el Presidente de la República violar las disposiciones de la Constitución. Ejercer sus funciones fuera de territorio nacional o ausentarse de la capital de la república por más de 30 días consecutivos. En todos los casos la falta temporal o permanente del Presidente de la República ejercerá las funciones de este el Vicepresidente.        

La Función Judicial sanciona a quienes no cumplen con la ley. Autoridades del Poder Judicial son los distintos jueces encargados de sancionar a las personas que proceden contraviniendo las disposiciones legales. En la República hay 8 Distritos Judiciales: Quito, Guayaquil, Cuenca, Riobamba, Loja, Portoviejo, Ambato e Ibarra son las principales ciudades de estos distritos judiciales. En cada uno de dichas capitales de distrito funciona una Corte Superior. También los componentes de las Cortes Superiores son nombrados por el Congreso y duran en sus funciones 4 años.

Función Electoral: La constitución de 1830 señala que sufragar es el acto de dar el voto a un candidato. Los ciudadanos que acuden a las urnas electorales a depositar su voto por su candidato están ejerciendo el sufragio. El escrutinio o recuento de votos hace conocer cuál es el candidato que ha triunfado o ha obtenido el mayor número de votos. El voto para las elecciones populares es obligatorio para el varón y facultativo para la mujer. No obstante, todo ciudadano patriota siente la obligación de votar por las personas más eficientes y correctas. Los encargados de la función electoral son la Junta Parroquial de Inscripciones que inscribe a los ciudadanos electores y las Juntas Electorales que reciben los votos en las urnas.      

Luego de cinco años de vigencia, la constitución de 1830 dejó de ser útil para el país, ya que dejaba de aspirar la integración colombiana y pretendía la soberanía total sin adhesión a ningún otro estado.​ Es por tal que, en la ciudad de Ambato, se reunió la Convención Nacional en 1835. Dicha convención redactó un nuevo texto constitucional, dejando atrás el Estado del Ecuador y fundando la República del Ecuador. La convención también eligió al guayaquileño Vicente Rocafuerte como «presidente de la República» y al riobambeño Juan Bernardo León y Cevallos como «vicepresidente de la República». La nueva constitución fue sancionada por la Convención el 30 de julio y fue promulgado el 13 de agosto.                                                                                                                                                                                         

Referencias:

Constitución de Ecuador de 1830. (2021, 14 de Junio). En Wikipedia. https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Ecuador_de_1830 

Foros Ecuador. (2018, 03 de septiembre). Primera Constitución del Ecuador (1830). http://www.forosecuador.ec/forum/ecuador/educaci%C3%B3n-y-ciencia/163608-primera-constituci%C3%B3n-del-ecuador-1830-resumen-de-la-carta-magna-de-1830

Herrera, CPH. (s.f). 14 de agosto 1830, primera Constituyente de la República Del Ecuador. Rupturas. Recuperado 15, junio, 2021, de https://revistarupturas.com/14-de-agosto-1830-primera-constituyente-de-la-republica-del-ecuador/

                                                   

Comentarios